DERECHOS:
Las personas con capacacidades diferentes tienen:
Derecho a viajar gratuitamente en los distintos tipos de transporte público terrestre.

Derecho a solicitar una licencia especial por maternidad por el periodo de seis meses más sin goce de sueldo, a partir de la fecha del vencimiento del periodo del alta médica por maternidad, cuando sobreviniera a dicho período un nacimiento de un hijo con Síndrome de Down.

Derecho a recibir una asignación por hijo con discapacidad sin límite de edad, que es inembargable.

Derecho a integrarse a la educación común.

Derecho a reclamar la plena accesibilidad al medio físico.

Derecho a un empleo en la administración pública nacional

Derecho a obtener la concesión de un espacio para la utilización de un pequeño comercio en todas las reparticiones públicas del estado nacional, en los entes descentralizados, autárquicos, las empresas mixtas del estado, en reparticiones públicas del gobierno de la ciudad de Buenos Aires, en reparticiones públicas de los gobiernos provinciales y municipales. Están incorporados a este régimen, las empresas privadas que brindan servicios públicos.

Derecho a obtener una cobertura total (100%) por parte del las Obras Sociales y la Medicina Prepaga en tratamientos y rehabilitación vinculada a la discapacidad padecida.

Derecho a crear talleres protegidos de producción

Derecho a solicitar una pensión no contributiva por invalidez

Derecho a tener cobertura integral del (100%) de los gastos de medicamentos y  los pacientes sin cobertura médico asistencial y carentes de recursos económicos tienen derecho a la provisión gratuita de la medicación requerida.

Derecho a no ser discriminado

Derecho a solicitar una franquicia tributaria para la adquisición de un automóvil

Derecho a jubilarse con 20 años de servicio y 45 de edad, cuando se hayan desempeñado en relación de dependencia o 50 años, como trabajador Autónomos.

Derecho a poseer el símbolo internacional de libre estacionamiento.

Derecho a solicitar la exención del pago de patentes del automotor conforme a las disposiciones fiscales vigentes.

Derecho a votar sin restricciones.

Derechos a otros beneficios sociales:

Las personas con discapacidad, hipoacúsicas o con impedimento del habla, pueden solicitar a las empresas prestatarias del servicio público telefónico, el servicio de telefonía pública y domiciliaria para personas hipoacúsicas o con impedimentos del habla.

Los vehículos pertenecientes a las personas con discapacidad están exentos del arancel tarifarío correspondiente al costo de la Verificación Técnica Vehicular.

Las personas con discapacidad que reúnas requisitos específicos, pueden solicitar la exención del pago, a las contribuciones de alumbrado, barrido y limpieza, territorial, pavimento y aceras